Funcionarios Públicos: ¿Me van a sancionar por recibir el bono clase media?

Durante agosto de este año, el Estado, a través de la ley 21.252, dio a un sector importante de la clase trabajadora la oportunidad de postular al llamado “Bono para la Clase Media”, con el objeto de sortear la dura crisis económica que han vivido muchos trabajadores/as y sus familias producto del contexto de pandemia global COVID-19. 

Como comentamos en la “Minuta Bono Clase Media para funcionarios/as públicos”, la creación y gestión de entrega del Bono ha sido de una confusión tremenda, no sólo para las instituciones que deben implementar su entrega (SII, Tesorería) sino que, por sobre todo, para los trabajadores/as. Así, han sido los funcionarios/as públicos los más afectados por la falta de claridad y silencio del gobierno. 

Durante las últimas semanas, diversas organizaciones e instituciones han emitido declaraciones que dan a entender que la ejecución del Bono no sólo ha sido un fracaso -en términos de claridad sobre los derechos y deberes de cada quien- sino que, desde la perspectiva del gobierno, este escenario sería exclusiva responsabilidad de quienes postularon, solicitando información al SII para perseguir la responsabilidad administrativa de los funcionarios/as públicos que resulten responsables. 

¿Qué han dicho el Gobierno y el SII al respecto? 

El 2 de octubre de 2020, a través del ministro de Hacienda, Ignacio Briones, el gobierno emitió el Of. Ord. 2289 que solicita a todos los Ministros de Estado instruir a sus respectivos Jefes de Servicio a que tomen contacto con el SII, con el objeto de pedir antecedentes sobre los funcionarios/as que habrían solicitado el bono sin cumplir con los requisitos estipulados. Esto, con el fin de abrir procedimientos disciplinarios que correspondan para indagar eventuales faltas a la probidad administrativa. 

Sin embargo, el mismo día el SII, a través de su resolución exenta Nº 132, fijó un procedimiento especial de reintegro del Bono de Clase Media para quienes erróneamente hayan postulado. La finalidad de esta resolución, tal como explícitamente manifiesta su considerando 6º, es aportar una solución preventiva a la sanción y búsqueda de responsabilidades individuales, debido a las evidentes confusiones y faltas de claridad sobre la ejecución y postulación al Bono, además del complejo escenario que se vive a nivel social y económico: 

6° Que, con el objeto de adoptar estas medidas preventivas, el Servicio ha establecido un mecanismo especial y previo de devolución por un lapso, de las sumas obtenidas en exceso, y de esta manera cautelar el debido resguardo del reintegro en arcas fiscales de estas sumas. Todo ello, en atención a la pandemia sanitaria que atraviesa el país, evitando además eventuales recargos que empeoren la situación de las personas, atendiendo el actual contexto económico.”.

Sin embargo, es importante considerar que según la Asociación de Funcionarios/as del SII, ANEIICH, el número de personas que habrían postulado mal al Bono (más de 40 mil en general y que, de ellos, 37.100 serían funcionarios públicos) no sería correcto, existiendo errores técnicos muy importantes del SII y de la Tesorería General de la República en relación al cálculo, lo que habría sido puesto en conocimiento de la Contraloría General de la República, en agosto de este año. 

¿Cómo devuelvo el bono?

Si has postulado erróneamente según lo establecido en la circular del SII, debes ingresar a este sitio web para regularizar.

¿Me pueden sancionar? 

Si en tu servicio público se inicia un sumario administrativo para indagar si infringiste las normas, te recomendamos elaborar los descargos adjuntando la documentación de regularización o cualquier otro antecedente que demuestre que cumpliste con los requisitos legales en tu postulación. Además, te recomendamos elaborar esta defensa con apoyo jurídico de tu Asociación, de la ANEF o de particulares si lo consideras pertinente.

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