Asistentes de la Educación y la Dirección del Trabajo: una nueva interpretación que extiende derechos laborales

Con la nueva interpretación expresada en el dictamen ORD. Nº998/7 de fecha 19 de marzo de 2021, la Dirección del Trabajo camina a reconocer los derechos de los y las trabajadoras asistentes de la educación del sector particular subvencionado, terminando así con la visión discriminatoria y arbitraria que mantuvo en el pasado.

El mencionado dictamen es aplicable a asistentes que prestan servicios en educación parvularia, básica y media en los establecimientos educacionales que reciben subvención por parte del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el D.F.L. Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, cualquiera sea la forma en que dichos establecimientos se hayan organizado, esto es, como fundaciones, corporaciones educacionales o entidades individuales educacionales.

De esta forma, se reconoce que los beneficios como lo es el límite máximo de la jornada laboral o feriado legal, entre otros, todo regulados en los artículos 38, 39, 40 y 41, de la Ley Nº 21.109, no tan solo beneficiarán al sector profesional y técnico, sino que también se extienden a asistentes del estamento administrativo y auxiliar.

En este dictamen se precisa que las disposiciones también comprenden al personal que cumple labores de auxiliar de aseo, inspector de pasillo, bibliotecario, secretaria, auxiliar administrativo, portero o nochero en dichos establecimientos educacionales. Además, deja claramente establecido que quedan excluidos quienes realizan funciones de chofer trasladando a niñes y al personal que desempeña sus labores en el nivel o administración central.

Finalmente, dispone que los y las empleadore/as deberán otorgar a los asistentes de la educación que fueron excluidos de los efectos del artículo 41 de la Ley N° 21.109- norma que establece la oportunidad y la extensión del feriado- los días feriados a los que sí tenían derecho y, por ende, corresponde entre las partes acordar el período en que dicho feriado se hará efectivo.

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