Nuestra relación con los animales no es la misma de antes. Desde un tiempo a esta parte se ha generado un cambio cultural y jurídico en cuanto a la protección de la vida de especies que comparten nuestra cotidianidad, la cual ha decantado en un estatuto especial de protección contra el maltrato y la crueldad que personas inescrupulosas ejercen en su contra. En este sentido, desde el año 2009 hasta la fecha han ocurrido modificaciones a la ley que han traído aparejadas la creación de delitos relacionados con este tipo de comportamientos, que a la fecha han significado un alza sostenida en las condenas por este tipo de comportamientos.
De esta forma, hoy en día se encuentran establecidos como delitos conductas relacionadas con animales que impliquen actos de maltrato o crueldad, entendidos como cualquiera actuar o dejar de hacer, tanto ocasional como reiterado, que injustificadamente cause daño, dolor o sufrimiento al animal en cuestión. Esto quiere decir que no es necesario golpear al animal para incurrir en este tipo de conductas, sino que actos crueles u omisiones de cuidado malintencionadas también son posibles de encuadrar en estos delitos y, por tanto, ser sancionadas por la autoridad correspondiente.
Al respecto, se han establecido penas privativas de libertad que van desde los 61 días hasta los 3 años de privación de libertad, multas que van de las 2 a las 30 unidades tributarias mensuales, además de incluso la prohibición perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.
Desde SLS extendemos la invitación a que, en caso de que sean testigos o se enteren que algún animal ha sido o está siendo maltratado, nos contacten para que así podamos orientarlos sobre cuáles son los pasos a seguir para poder sancionar dichas conductas.