¿Un familiar ya no puede tomar decisiones sobre su patrimonio?

Cuando una persona, por su edad o su condición, ya no puede administrar sus bienes ni celebrar actos jurídicos con plena conciencia, la familia necesita una herramienta legal para protegerla: la declaración de interdicción y la designación de un curador que la represente. Sin ella, no se pueden vender sus bienes, cobrar sus pensiones ni tomar decisiones en su nombre. En SLS Abogados te asesoramos en estos trámites.

Algunas de las situaciones que atendemos con más frecuencia:

  • Un padre, madre o familiar mayor ya no puede administrar sus asuntos y nadie tiene facultades para hacerlo.
  • Necesitas vender o arrendar un bien de una persona que no puede consentir válidamente.
  • Ya existe un curador y se requiere autorización judicial para un acto de administración extraordinaria.

Existen muchas otras situaciones de protección patrimonial. Si la tuya no aparece aquí, consúltanos de todos modos.

¿Qué puedes lograr?

  • Declaración de interdicción.
  • Designación de curador.
  • Administración de los bienes del interdicto, con la asesoría necesaria para rendir cuentas.
  • Autorizaciones judiciales para enajenar, gravar o celebrar actos de administración extraordinaria.

¿Cómo es el proceso?

Reunimos los antecedentes médicos y familiares, presentamos la solicitud ante el tribunal competente y te representamos hasta obtener la resolución y la inscripción correspondiente. Te explicamos desde el inicio los requisitos, las responsabilidades del curador y los tiempos aproximados.

¿Qué hago ahora?

Escríbenos y ten a mano los informes médicos de la persona, los certificados que acrediten el parentesco y un listado de sus bienes. La primera reunión es sin costo.

¿Necesitas proteger a un familiar?
Escríbenos y te orientamos sobre el camino legal adecuado