¿Te vulneraron derechos en el ejercicio de tu cargo?
Que trabajes para el Estado no significa que debas tolerar cualquier decisión del servicio. Hay situaciones en que la única vía efectiva es acudir a los tribunales: cuando se vulneran derechos fundamentales, cuando una actuación de la jefatura es ilegal o arbitraria, o cuando los reclamos administrativos ya se agotaron sin resultado. En SLS Abogados representamos a funcionarios y funcionarias en esos procedimientos judiciales para proteger sus derechos laborales y fundamentales.
Algunas de las situaciones que atendemos con más frecuencia:
• Sufres acoso, discriminación o represalias por haber reclamado o denunciado.
• Pusieron término a tu contrata o a tu honorario de forma arbitraria, o no renovaron tu designación sin fundamento.
• Una decisión del servicio afecta tus derechos y los reclamos internos no han dado resultado.
• Problemas en las elecciones de tu organización gremial, te representamos ante el Tribunal Electoral Regional que corresponda.
• Investigado por pérdida de recursos fiscales, podemos llevar adelante tu Juicio de Cuentas.
Existen muchas otras situaciones que pueden justificar una acción judicial. Si la tuya no aparece aquí, consúltanos de todos modos.
¿Qué puedes lograr?
Según el caso, el tribunal puede ordenar que cese la vulneración, dejar sin efecto la decisión del servicio, disponer tu reincorporación, entre otras. Las vías que utilizamos son:
• Procedimientos de tutela de derechos fundamentales ante los Juzgados de Letras del Trabajo.
• Recursos de protección ante las Cortes de Apelaciones.
• Reclamación electoral ante Tribunales Electorales Regionales o TRICEL
• Juicio de Cuentas ante la entidad que corresponda.
¿Cómo es el proceso?
Evaluamos primero si el caso debe ir a tribunales o si conviene agotar antes una vía administrativa, porque la elección correcta determina el resultado. Luego nos hacemos cargo de la demanda o el recurso, de las audiencias y de los recursos posteriores, y te informamos de cada etapa. Los tiempos varían según la vía elegida y el tribunal; te los explicaremos con claridad en la primera reunión.
¿Qué hago ahora?
Los plazos para accionar son breves: por ejemplo, en la tutela laboral son 60 días hábiles desde la vulneración o el término de la relación; en el recurso de protección, 30 días corridos desde el acto que se reclama; en el reclamo electoral 10 días hábiles desde el último escrutinio. Escríbenos cuanto antes y reúne los documentos que acrediten los hechos: resoluciones, correos, oficios y testigos. La primera reunión es sin costo.