La pensión alimenticia, también conocida como derecho de alimentos o pensión de alimentos, es el derecho que le asiste a ciertas personas para recibir de otras, generalmente familiares, un monto de dinero mensual que les permita proveer a sus necesidades. En este artículo te contaremos todo lo necesario para que sepas si te corresponde una pensión alimenticia, cuánto te corresponde y a quién puedes pedirla.
Requisitos del derecho de alimentos
Para que se configure este derecho a la pensión alimenticia o pensión de alimentos, deben cumplirse 3 requisitos de forma simultánea:
- Necesidad económica del alimentario (quien recibirá la pensión).
- Capacidad económica del alimentante (quien da la pensión).
- Obligación legal que los vincule (generalmente debe tratarse de personas que sean familiares o cónyuges).
A continuación te explicamos brevemente qué significa cada uno estos requisitos, y te damos un ejemplo concreto de cómo se cumplen estos requisitos para otorgar derecho a pensión alimenticia.
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¿Qué es la necesidad económica del alimentario?
El alimentario, es decir, quien recibirá la pensión de alimentos, debe encontrarse en una situación tal que no cuente con los medios suficientes para subsistir modestamente de un modo acorde a su posición social. Naturalmente esto comprende todas las necesidades tales como alimentación, vivienda, salud, transporte, colegio o universidad, etc.
Esto significa que la pensión alimenticia debe limitarse a mantener el nivel de vida normal que el alimentario ha gozado. De este modo la pensión alimenticia no puede volverse una forma de lucrar, sino que debe bastar para asegurar la subsistencia normal del alimentario.
Por ejemplo, en el caso de una familia de clase media en que el hijo recibe pensión de alimentos de su padre, esta pensión alimenticia debe cubrir los gastos necesarios que hemos mencionado más arriba pero no debe cubrir una suscripción al club de golf ni unas vacaciones en Brasil.
¿Qué es la capacidad económica del alimentante?
El alimentante, es decir, quien deberá dar la pensión alimenticia, debe tener una capacidad económica suficiente para contribuir. Este elemento funciona como una limitación que determina hasta qué monto puede llegar la pensión.
De este modo, si el alimentante está sufriendo un largo proceso de cesantía o derechamente es un indigente, este no podrá cumplir con la obligación de pagar pensión alimenticia o bien podrá pagar menos del monto correspondiente.
¿Qué es la obligación legal vincule alimentario y alimentante?
Este punto se refiere a la relación que debe mediar entre el alimentante y el alimentario, el que generalmente es un vínculo de familia. Los vínculos familiares con los que se puede configurar el derecho de alimentos son:
- Cónyuge. El marido a la mujer o viceversa.
- Hermanos entre sí.
- Descendientes directos (ya sean hijos o nietos).
- Regla especial para el hijo o hija que pide alimentos a su padre o madre: solo pueden hacerlo hasta los 21 años si es que no está estudiando, y hasta los 28 años como máximo si se mantienen estudiando. Al cumplir esa edad, su derecho a recibir alimentos se acaba. Sin embargo, una vez que termina los estudios o cumpla los 28 años, el padre o madre que paga la pensión de alimentos deberá solicitar necesariamente el cese de éstos a través de un juicio de cese de pensión de alimentos ante los tribunales de familia, previa acta de mediación frustrada.
- Ascendientes directos (padres o abuelos).
Recordemos que deben concurrir también los otros requisitos. De este modo si todos los hermanos son económica autosuficientes ninguno de ellos tendrá derecho a los alimentos por parte de los otros. O bien si el padre ya está mayor y tiene dificultades económicas, tiene derecho a que los hijos le den alimentos.
Veamos un ejemplo…
- Darío tiene 22 años, sus padres son Marcelo de 45 años y Daniela de 40 años.
- Darío está estudiando en la universidad.
- Marcelo y Daniela están separados, Darío vive con Daniela.
- Marcelo trabaja y gana 1.000, luego de solventar sus gastos necesario (arriendo, cuentas, compras, etc.) le queda un disponible de 500.
- Daniela trabaja y gana 800, luego de solventar sus gastos necesario (arriendo, cuentas, compras, etc.) le queda un disponible de 400.
- Los gastos necesarios de Darío tales como salud, arancel de la universidad, vivienda, alimentación, transporte, ropa, etc. totalizan 300.
- Darío vive con su madre Daniela, en consecuencia ella ya provee a algunos de sus gastos por el hecho de vivir juntos, tales como vivienda, alimentación y movilización equivalentes a 150.
- Marcelo quien no vive con Darío debe aportar alimentos por el monto faltante de 150.
¿Qué formas hay de establecer los derechos de alimentos?
Existen varias formas de establecer y fijar los derechos de pensión alimenticia. Estos son:
- Acuerdo informal de la partes.
Siempre es posible que se llegue a un consenso que opere en la práctica sin necesidad de oficialización. Esto dependerá de las relaciones entre ambas partes. - Acuerdo formal de las partes.
Se debe plasmar el acuerdo en una escritura pública que le dé certeza absoluta al acuerdo y que, ante cualquier problema, permita probar la obligación. Para esta gestión es recomendable la asistencia de un abogado. - Demanda judicial.
Si las partes no llegan a acuerdo la única vía restante restante es demandar al alimentante que no quiere dar pensión para que el Juzgado de Familia competente fije el monto que debe dar. Esta gestión requiere el patrocinio de un abogado.
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