Reajuste de la pensión de alimentos: ¿Sabías que el monto de la pensión aumenta constantemente?

La pensión alimenticia, también conocida como derecho de alimentos o pensión de alimentos, es el derecho tienen ciertas personas para recibir de otras (generalmente familiares) un monto de dinero mensual que les permita cubrir sus necesidades. En este artículo te explicamos en qué consiste el reajuste de la pensión de alimentos y cómo se calcula.

Si hace cinco años un helado costaba $100, y hoy $250, es porque el dinero pierde valor con el paso del tiempo. Lo mismo sucede con la pensión de alimentos. Es por esto que la ley contempla un reajuste del monto, bajo la idea de poder adquirir siempre la misma cantidad de cosas con la pensión ya fijada. Sobre todo en vista de que la pensión de alimentos se paga, como máximo, hasta los 28 años de edad cuando el hijo está aún estudiando. Es importante advertir que el reajuste del monto de pensión es diferente a demandar un aumento de la misma, pues éste sólo considera mantener el valor del dinero en el tiempo.

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La forma del reajuste de la pensión de alimentos dependerá de la forma en que esta se hubiese establecido. Existen tres posibilidades: 

1) Monto fijo y único: El reajuste del monto se hará de acuerdo al IPC y  puede aplicarse de forma anual o semestral según se haya acordado. Si los padres convinieron un monto y no se manifestaron sobre los reajustes, la ley entiende que éstos se realizarán según la variación semestral del IPC. 

Ejemplo: Si se fijó como monto de pensión alimenticia $300.000, y la variación semestral del IPC fue de un 1%, la suma de dinero a pagar aumentará en $3000, resultando un total de $303.000, que deberá ser saldado mensualmente. 

2) Ingreso Mínimo Remuneracional: Cuando se fija una pensión de acuerdo al Ingreso Mínimo Remuneracional, puede hacerse de dos formas: 

a. Fijarla directamente en Ingresos Mínimos Remuneraciones: El reajuste se realizará en función de la variación del Ingreso Mínimo Remuneracional estipulado por ley. Por ejemplo, la pensión de alimentos se fijó en 2,5 Ingresos Mínimos Remuneracionales. Si en marzo de 2020 el valor de 2,5 Ingresos Mínimos equivalía a $801.250, y ya en septiembre del mismo año  los mismos 2,5 Ingresos Mínimos correspondían a la suma de $816.250, el total a pagar ha aumentado en $15.000.

b. Fijarla en un porcentaje de un Ingreso Mínimo Remuneracional:  Si la pensión se fija en el 50% de un Ingreso Mínimo Remuneracional, su reajuste también dependerá de la variación del Ingreso Mínimo Remuneracional. De esta manera, si en marzo de 2020 el 50% del Ingreso Mínimo correspondía a la suma de $160.250, y ya en septiembre del mismo año, el 50% correspondía a $163.250, el monto aumentó en $3.000. 

3. Porcentaje de los ingresos del progenitor que paga la pensión (alimentante): Esta forma de fijar la pensión es la menos recomendada para el beneficio del hijo, y prácticamente ya no se ocupa. Sin embargo, en caso de que el monto a pagar dependiera de los ingresos del alimentante, éste variará reajustándose según los mismos. 

Como las variaciones de los índices son constantes durante el año, es importante saber que el reajuste debe ser solicitado al tribunal para mantener actualizados los montos de la pensión, puesto que este no informa a las partes del reajuste por iniciativa propia. Por lo tanto, si no has pedido el reajuste de la pensión, ni tampoco has solicitado la liquidación de la deuda, es probable que exista una deuda importante de pensión de alimentos debido a las variaciones ocurridas en el tiempo. En tal caso, puedes exigir al deudor el pago de la deuda mediante un procedimiento de cumplimiento de pago de la pensión de alimentos.

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