{"id":378,"date":"2018-11-23T21:46:17","date_gmt":"2018-11-24T00:46:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.slsabogados.cl\/?p=378"},"modified":"2023-09-06T19:38:23","modified_gmt":"2023-09-06T22:38:23","slug":"pension-alimenticia-para-adultos-mayores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.slsabogados.cl\/2018\/11\/23\/pension-alimenticia-para-adultos-mayores\/","title":{"rendered":"\u00bfPensi\u00f3n alimenticia para adultos mayores?"},"content":{"rendered":"

\"Pensi\u00f3n<\/p>\n

Si bien la figura de la pensi\u00f3n alimenticia<\/a> se asocia generalmente a los hijos, ellos no son los \u00fanicos que pueden acceder a este beneficio. Otros de los posibles beneficiarios de la pensi\u00f3n alimenticia son los adultos mayores. En este art\u00edculo te explicamos de qu\u00e9 forma puede acceder un adulto mayor a recibir pensi\u00f3n alimenticia de parte de sus hijos. <\/span><\/p>\n

Requisitos del derecho de alimentos (pensi\u00f3n alimenticia)<\/b><\/h2>\n

Para que se configure este derecho a la pensi\u00f3n alimenticia deben concurrir 3 requisitos copulativos:<\/span><\/p>\n

    \n
  • Necesidad econ\u00f3mica del alimentario (quien recibir\u00e1 la pensi\u00f3n, en este caso un abuelo o abuela).<\/span><\/b><\/li>\n<\/ul>\n
      \n
    • Capacidad econ\u00f3mica del alimentante (quien da la pensi\u00f3n, en este caso los descendientes, que ser\u00e1n generalmente los hijos).<\/span><\/li>\n
    • Obligaci\u00f3n legal que los vincule (la descendencia genera la obligaci\u00f3n).<\/span><\/li>\n<\/ul>\n

      Una vejez dif\u00edcil<\/b><\/h2>\n

      Muchas veces al llegar la vejez los adultos mayores se empobrecen y van perdiendo redes de apoyo. La \u00fanica red de apoyo que persiste hasta el final son los descendientes, hijos y nietos.<\/span><\/p>\n

      Toda persona que caiga en un estado de necesidad tiene derecho a ser apoyado econ\u00f3micamente por sus parientes cercanos y su c\u00f3nyuge, siempre que estos est\u00e9n en condiciones de hacerlo.<\/span><\/p>\n

      En el caso de adulto mayor esa obligaci\u00f3n de ayuda econ\u00f3mica recae sobre los descendientes, de los m\u00e1s cercanos a los m\u00e1s lejanos. De este modo si el adulto mayor se encuentra sufriendo un estado de necesidad deber\u00e1n aportarle una pensi\u00f3n alimenticia sus hijos, si no tiene hijos o ellos no est\u00e1n en condiciones de cooperar, entonces la obligaci\u00f3n pasa a los nietos, y as\u00ed. <\/span><\/p>\n

      Ejemplo pr\u00e1ctico<\/b><\/h2>\n
        \n
      • Don Julio (75 a\u00f1os), adulto mayor jubilado, tiene 2 hijos, Mario (45 a\u00f1os) y Jaime (40 a\u00f1os), ambos trabajan. <\/span><\/b><\/li>\n<\/ul>\n
          \n
        • Los gastos de don Julio son: medicinas x 100, compras x 100, cuentas x 100, gastos comunes x 50, suscripci\u00f3n al club del adulto mayor de su barrio x 50. Total = 400.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
            \n
          • Los ingresos de don Julio son: jubilaci\u00f3n x 300. Total = 300.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
              \n
            • Mario y Jaime son hijos de don Julio. Se cumple el requisito n\u00famero 3, pues ambos son descendientes. <\/span><\/li>\n<\/ul>\n
                \n
              • A don Julio no le alcanza para llegar a fin de mes, le faltan 100. De modo que se encuentra en un estado de necesidad econ\u00f3mica, es decir, se cumple el requisito 1.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
                  \n
                • Mario trabaja y gana 1.000 pero tiene gastos por 500, de modo que su l\u00edquido es 500.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
                    \n
                  • Jaime trabaja y gana 3.000 pero tiene gastos por 1.500, de modo que su l\u00edquido es 1.500.<\/span><\/li>\n
                  • Ambos tienen capacidad econ\u00f3mica para ayudar a don Julio, por ende, se cumple el requisito n\u00famero 2.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n

                    En este ejemplo don Julio cumple todos los requisitos para pedir alimentos a sus descendientes.<\/span><\/p>\n

                    Don Julio tiene derecho, entonces a que Mario y Jaime, en conjunto y en proporci\u00f3n a su capacidad econ\u00f3mica, le paguen los 100 que le est\u00e1n faltando cada mes. <\/span><\/p>\n

                    El l\u00edquido de Mario es 500 y el de Jaime es 1.500, en total 2.000. La proporci\u00f3n seg\u00fan el aporte de cada uno es \u00bc Mario y \u00be Jaime. <\/span><\/p>\n

                    De este modo, los 100 que deben pagar entre ambos, se dividen seg\u00fan esas proporciones. Mario deber\u00e1 25 y Jaime 75 mensualmente. <\/span><\/p>\n

                    Formas de establecer los alimentos<\/b><\/h2>\n

                    La pensi\u00f3n alimenticia puede establecerse a trav\u00e9s de tres formas distintas:<\/p>\n

                      \n
                    • Acuerdo informal de la partes. Siempre es posible que se llegue a un consenso que opere en la pr\u00e1ctica sin necesidad de oficializaci\u00f3n. Esto depender\u00e1 de las relaciones entre las partes. <\/span><\/b><\/li>\n
                    • Acuerdo formal de las partes. Se plasma el acuerdo en una escritura p\u00fablica que le d\u00e9 certeza absoluta al acuerdo y que, ante cualquier problema, permita probar la obligaci\u00f3n. Para esta gesti\u00f3n es recomendable la asistencia de un abogado. <\/span><\/li>\n
                    • Demanda judicial. Si las partes no llegan a acuerdo la \u00fanica v\u00eda restante restante es demandar al alimentante que no quiere dar pensi\u00f3n para que el Juzgado de Familia competente fije el monto que debe dar. Esta gesti\u00f3n requiere el patrocinio de un abogado. <\/span><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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