La irresponsable instrucción del Gobierno de retomar labores presenciales en el sector público desde el lunes 20 de abril

Foto de La Moneda con título de la nota

Durante la mañana de hoy, diversas jefaturas de servicio comunicaron a sus funcionarios/as que para este día lunes se debía volver a retomar funciones según instrucciones del Gobierno. Si bien aún no se sabe bajo qué modalidad y criterios se haría efectiva esta instrucción, en la siguiente minuta te explicamos por qué un llamado como este debe revertirse de inmediato y qué medidas pueden tomar las y los funcionarios para resguardar su derecho a la vida en el actual contexto de pandemia por COVID-19.

¿Por qué es irresponsable hacer un llamado a retomar funciones en el sector público? 

Como es de público conocimiento, nuestro país y buena parte del mundo está enfrentando una pandemia de COVID-19 que, a la fecha, está causando estragos no sólo para la vida y salud de las personas sino también para el normal funcionamiento de la sociedad. Según las estadísticas existentes a fecha 16 de abril 2020, la situación en términos de expansión y mortalidad del virus no sólo no se ha estancado, sino que va en aumento. 

Así expresamente lo ha dicho, por ejemplo, la Organización Panamericana de Salud de la Organización de las Naciones Unidas respecto de nuestro continente:

“Se informaron 35.903 casos adicionales y 6.892 muertes en la región de las Américas en las últimas 24 horas, lo que representa un aumento relativo del 5% (casos) y del 22% (muertes) en comparación con el día anterior. El aumento significativo en la incidencia de muerte diaria en comparación al día anterior (2,986) se debe a la suma de muertes probables de la ciudad de Nueva York (4,059) en el recuento total de fallecidos. La mayoría de los nuevos casos (28,711 casos) y muertes (6,409) continúan siendo reportados desde los Estados Unidos de América” 

Fuente: Artículo «Enfermedad por Coronavirus», Organización Panamericana de la Salud

Para nuestro país, la situación sigue la misma tendencia expansiva, como puede constatarse según los datos entregados por el Ministerio de Salud al 17 de abril de 2020: 

Fuente: Reporte de COVID-19 al 17 de abril de 2020, Ministerio de Salud, Gobierno de Chile. Datos 17 abril 2020

Es precisamente por la gravedad y celeridad expansiva del virus, que el 17 de marzo de 2020 Contraloría General de la República, en pos de resguardar el derecho a la vida y salud del personal del estado, emitió el dictamen 3.610/2020 que permite a los Jefes de Servicio del sector público permitir el teletrabajo y/o el reposo para todos aquellos funcionarios/as que no cumplan funciones esenciales dentro del servicio o que se encuentren dentro de algún grupo de riesgo (o sus cercanos) según los criterios emanados desde el Ministerio de Salud. En el mismo sentido, el 18 de marzo 2020 el Gobierno emite el Oficio Circular Nº 10 que imparte instrucciones sobre trabajo remoto, turnos y horario flexible para las jefaturas de servicio público. Tal es la gravedad del asunto que, además, el mismo día se decreta Estado de Catástrofe Constitucional, situación que afecta ciertos derechos constitucionales debido a la pandemia de COVID-19, desde ya casi un mes.

Ahora bien. Si la expansión y mortalidad del virus va en aumento ¿qué sentido tiene un “llamado a retomar funciones” para el resguardo del derecho a la vida y salud de la población en general y de los funcionarios/as públicos en particular? En el hipotético caso de que estas medidas de resguardo estén afectando el cumplimiento de tareas esenciales de ciertos servicios públicos, entonces, se deben poner los esfuerzos en el diálogo con los funcionarios/as para ver qué medidas de gestión se podrían tomar para remediar el asunto, pero sin retroceder un centímetro en las medidas de resguardo al derecho a la vida y salud, más en un contexto de aumento de la virulencia del virus. 

Hacer un llamado a “retomar labores” en el contexto descrito es una irresponsabilidad política tremenda y, derechamente, una afectación ilegal y arbitraria contra el derecho a la vida y a la salud de miles de servidores/as públicos y sus familias. Estamos frente a un desafío global para el que no hay recetas y donde el diálogo, la colaboración y la vida deben ponerse por delante de cualquier otro asunto, principios rectores que lamentablemente poco y nada se han escuchado en las comunicaciones oficiales que entrega este Gobierno desde los inicios de esta pandemia. 

¿Qué medidas pueden tomar los funcionarios/as para resguardarse? 

Lo primero y más importante es oponerse políticamente a esta medida. Es fundamental que organizaciones de funcionarios/as y trabajadores/as del sector público denuncien esta medida para evitar que llegue a materializarse o se tomen los resguardos que correspondan. 

En segundo lugar, recordar que sigue completamente vigente el dictamen 3.610/2020 de Contraloría General de la República (puedes ver acá nuestro video explicativo). Esto implica que:

  • Con motivo de la pandemia, los Jefes de Servicio deben tomar las medidas que sean necesarias para resguardar el derecho a la vida y a la salud de sus funcionarios/as. 
  • Estas medidas pueden ser: trabajo remoto, reposo con pago de remuneración y/o horario flexible para quienes cumplan funciones esenciales. 

Es muy importante enfatizar que es el Jefe de Servicio el que debe, por acto administrativo fundado, decretar qué medidas tomará y respecto de quienes. En este sentido tenemos dos recomendaciones:

  • Primero, exijan que esta medida se realice por acto administrativo fundado. Es ilegal que se realicen oralmente. Eso no está permitido en los servicios públicos y es precisamente lo que se está comenzando a hacer ahora en algunos servicios “por orden del Presidente de la República”. 
  • Segundo, que sus organizaciones funcionarias o grupo organizado de funcionarios/as clasifique al personal en quienes estén en grupo de riego y quienes cumplen funciones esenciales. Estos dos criterios entrarán en disputa estas próximas semanas y es importante adelantarse para dialogar con las jefaturas de servicio y evitar que el concepto “funciones esenciales” se convierta en “todas las funciones” del servicio. 

Finalmente recalcar que en el contexto que estamos viviendo es fundamental la organización y el apoyo mutuo para hacer frente no sólo a fenómenos de la naturaleza como el COVID-19 si no a actos irresponsables e irracionales que podrían expandir los efectos nocivos de la pandemia.

0 Compartir
Compartir
Twittear
Compartir